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jueves, noviembre 17, 2011

Excelente artículo de Federico García


Posteos del Día
17 de Noviembre de 2011

No existe un derecho universal al matrimonio

El reciente fallo del Tribunal Constitucional ha abierto nuevamente la discusión sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo. Es comprensible que algunos homosexuales se sientan discriminados por no poder casarse, pero una mirada más amplia a la cuestión muestra que la discriminación no es todo lo que está en juego. 
Casarse no es un derecho universal, nunca lo ha sido. Los menores de edad -esos que tienen derecho a una educación de calidad-  no tienen derecho a contraer matrimonio y eso no es discriminación arbitraria.

Las sociedades se toman muy en serio el matrimonio y ponen restricciones porque de él nacen los hijos. Los niños son la siguiente generación, la que dará continuidad a la comunidad. A la generación futura,  que sólo puede venir de la unión entre hombre y mujer, hay que protegerla. Aunque este tipo uniones haya variado en el tiempo, la experiencia acumulada de la especie muestra que el ambiente más propicio para que crezcan los niños es el que resulta de la unión estable y exclusiva de sus padres.

Es por eso que el Estado da a la unión entre hombre y mujer un reconocimiento especial. No es una unión cualquiera, sino una con efectos públicos, de los cuales depende la supervivencia de la sociedad. Engendrar y criar a los nuevos ciudadanos es algo que ninguna otra institución puede hacer. Es una tarea crucial, de largo aliento y nada de fácil; le corresponde, por tanto, algún reconocimiento público.

Si se niega, como lo hizo el voto disidente del Tribunal Constitucional, que el matrimonio sea para los hijos,  habrá que preguntarse qué es lo esencial. El afecto, dicen algunos, pero no se ha examinado lo que implica. ¿Habría alguna razón de peso para prohibir la poligamia y el matrimonio entre consanguíneos si el afecto fuera lo constitutivo del matrimonio? La sociedad siempre ha reconocido múltiples y variadas relaciones de afecto (amistad, relación maestro-discípulo, etc.),  pero hasta ahora no ha visto la necesidad de que sean reguladas por el Estado. ¿De dónde viene este afán? Sólo se regulan las uniones de quienes pueden o podrían tener hijos por la importancia que esto tiene.

Así como no es discriminación arbitraria el que no se puedan casar menores de edad, consanguíneos o tríos de personas, porque ese tipo de unión iría en detrimento de los hijos, tampoco lo es el que no se puedan casar dos personas del mismo sexo, ya que por naturaleza no pueden tener descendencia y eso hace que esa unión sea radicalmente distinta de lo que es el matrimonio.

Por lo demás, los homosexuales en Chile no sufren discriminación legal: pueden organizarse, formar asociaciones, publicar sus escritos, manifestarse en la calle, etc. Lo que se busca realmente al intentar legalizar las uniones entre personas del mismo sexo es algo que tendríamos que preguntárselo a Freud.

(*) Texto publicado en El Sur, de Concepción.

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