Páginas

domingo, mayo 29, 2011

Intentando "sincerar el debate", como dicen

En La Tercera, 29/05/2011 - 09:00 

Acuerdo de vida en común

Señor director:
 
Hace algunos años las hermanas Sybil y Joyce Burden (82 y 90 años), que vivían juntas en Reino Unido, quisieron aprovechar las ventajas de las regulaciones de la vida en común para sus asuntos domésticos, especialmente para no verse gravadas por el impuesto a la herencia cuando una sucediera a la otra. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos decidió que su vida en común, como no incluía relaciones sexuales, no calificaba para una regulación patrimonial especial.

Este suceso muestra que el intento de hacer pasar la regulación de las parejas de hecho como un asunto meramente patrimonial, sin la carga de legitimación de las relaciones sexuales, es una forma de autoengaño en la que incurren aquellos políticos tradicionales, como el Presidente Piñera o el ministro Larroulet, que creen que el matrimonio es heterosexual, pero que hay que ayudar a regular los asuntos patrimoniales de otras formas de convivencia, especialmente la homosexual.

Si realmente quieren ocuparse solamente de asuntos patrimoniales, que puedan regularse ante notario, deberían permitir los acuerdos de vida en común para cualquier tipo de vida en común que implique cuestiones económicas: desde hermanos hasta comunidades religiosas, desde amigos hasta compañeros de estudios durante sus años universitarios, sin restricciones de número de miembros, ni de existencia de otras uniones concurrentes.

Así, por ejemplo, un hombre casado, que viva con su mujer, podría además celebrar un acuerdo de vida en común en el mismo domicilio con otras personas, de cualquier sexo, y al Estado no debiera interesarle el hecho de que tengan o no relaciones sexuales. En efecto, es indiferente este detalle si se trata solamente de regular el uso común de lavadoras, aspiradoras, casas, automóviles, camas, mascotas, y las futuras herencias.



Cristóbal Orrego Sánchez

No hay comentarios.:

Publicar un comentario